Un subdelegado incómodo: José Joaquín de Arriola (1801-1807)

A uncomfortable subdelegate: José Joaquín de Arriola (1801-1807)

Ana María Parrilla Albuerne

Facultad de Humanidades de la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas

ana.parrilla@unicach.mx

http://dx.doi.org/10.31644/IMASD.8.2015.a04

Resumen

El presente trabajo tiene como finalidad la reconstrucción de las estrategias relacionales de varios miembros de la élite chiapaneca durante el periodo borbónico. Se analizan los tipos de vínculos que establecen los diferentes funcionarios locales, mediante el desempeño de cargos emanados de la aplicación de la Ordenanza de Intendentes de 1786, y el interés de nuevos funcionarios para insertarse en las redes de la élite local, no siempre con buena fortuna. Este juego de intereses aparecerá mediatizado por la aplicación o no del aparato legislativo y el uso de la justicia como instrumento de inclusión-exclusión en el nuevo tejido.

Palabras clave: Reformas borbónicas, subdelegado, Ixtacomitán, élites, justicia

Abstract

This paper aims to rebuild the relational strategies of several members of the Chiapas elite during the Bourbon period. Link types that establish the various local officials, through the performance of charges arising from the application of the Ordinance of 1786, and the interest of new officials to be inserted into the local elite networks are analyzed, not always good fortune. This set of interests appear mediated by the application or not of legislative apparatus and use of justice as an instrument of inclusion-exclusion in the new tissue.

Key words: Bourbon reforms, subdelegate, Ixtacomitán, elites, justice

Introducción

"que el ejercicio de los pocos particulares de medianas luces se reducía a ser subdelegados de aquellos miserables pueblos donde vivían con el réprobo comercio de repartimiento a los naturales que sacrificaban a su codicia" (AHCH-UNICACH)1

Para realizar nuestro análisis tomaremos como eje de referencia la causa seguida contra José Joaquín de Arriola, teniente-comisario y más tarde subdelegado de Ixtacomitán, que, como referimos en el título, llegó a convertirse en un "funcionario incómodo". Para ello, examinaremos el desempeño del subdelegado en el partido bajo su cargo y se discutirán las diferentes acciones de los protagonistas en la causa - el subdelegado; el asesor letrado, Mariano Valero, y el funcionario oligarca, Sebastián Esponda y Olaechea. De forma paralela se presentará un esbozo de la aplicación de la Ordenanza de Intendentes en la provincia y la demarcación territorial de las subdelegaciones.

La historiografía regional de la segunda mitad del siglo XVIII y principios del XIX de lo que hoy conocemos como Chiapas es bastante escasa, aunque no inexistente. Contamos con interesantes trabajos que abordan la situación política durante este azaroso periodo; como es el caso de los trabajos de Mario Vázquez Olivera (2010) y Jesús Aquino y Arturo Corzo Gamboa (1994). También podemos consultar el de Alma Margarita Carvalho (1994), quien estudia la evolución política de Chiapas desde la implantación de las Reformas Borbónicas hasta su anexión a México mediante el análisis de las élites chiapanecas. Sergio Nicolás Gutiérrez, realiza un estudio crítico de las opiniones de diferentes autores sobre el proceso de anexión de Chiapas a México (1997). Por último, Michel Polushin presenta los resultados de una investigación del periodo, enfocándose en la administración municipal (1999).

A pesar de que a simple vista pudiera parecer que han sido pocos los estudios que se han interesado por el análisis de este momento histórico, debemos reconocer que ha sido un periodo que ha acaparado la atención de los historiadores; sobre todo desde una perspectiva política. En todas estas obras la figura del subdelegado aparece de una forma sesgada, a pesar de su importancia como intermediario entre el ciudadano común y los más altos niveles del aparato estatal.

Chiapas presenta ciertas características históricas que la hacen un territorio singular; por un lado, siempre ha sido considerado un territorio de frontera -primero del Reino de Guatemala y después de México-. Además, el interés económico que pudiera despertar, por las diferentes instancias gubernativas, parece haber sido nulo, lo que permitió a las élites locales -tanto religiosas como seculares- una gran independencia política que se tradujo en un fuerte control económico, manifestado en la constante presión sobre los pueblos indios, muchas veces apoyada en transacciones fraudulentas y las estrategias de resistencia desarrolladas por estos últimos (Viqueira Albán, 1994: pp. 237-267). Esta situación también marcó la construcción de nuevas formas de relación e interdependencia.

Ixtacomitán

José Joaquín de Arriola llegó a la Intendencia de Ciudad Real procedente de la Villa de Durango en el señorío de Vizcaya, España. Su primer cargo parece haber sido el de guardián del monopolio del Tabaco, el cual se había instaurado en Guatemala en 1766.

Desgraciadamente no contamos con información sobre su formación y desempeño en el cargo. Lo que sí sabemos es que en 1800 era teniente en el partido de Ixtacomitán, en la Intendencia de Ciudad Real; época en la que esta población dependía de la subdelegación de Tuxtla que se encontraba en manos de Sebastián Esponda y Olaechea.

Ixtacomitán se encontraba al norte de la Intendencia, muy cerca de Tabasco, dentro del área cultural zoque. En el momento de la Conquista la región ya contaba con una abundante producción de cacao, actividad que se mantuvo durante toda la etapa colonial, aunque con algunos altibajos en cuanto a la cantidad y calidad de la producción; recordemos que entre 1670 y 1684, el precio del cacao disminuyó de 30 pesos la carga a tan sólo 10 pesos (AGI, Guatemala, 44, exp. 38, ff. 11v-14)2 .

Durante los siglos XVI y XVII el comercio de cacao fue monopolizado por los alcaldes mayores, quienes comercializaban el producto dirigiéndolo a la Nueva España y a la Metrópoli, a la cual llegaba a través del puerto de Veracruz. Señala Juan Pedro Viqueira que los españoles no se interesaron por la producción de cacao sino que esta quedó en manos de los indígenas lo que permitió a alguno amasar considerables fortunas, como ocurrió con Francisco de Santa Cruz a principios del siglo XVIII (Viqueira Albán, 1997:8C).

Esta región, además, surtía de mano de obra barata a las plantaciones de cacao de Tabasco (Gerhard, 1991: 34, p. 36). La importancia económica de la Ribera de Ixtacomitán se aprecia en el nombramiento de tenientes por parte de los alcaldes mayores, que velarán por sus intereses, que en principio debían ser los de la corona. Parece que a fines del siglo XVII, la diócesis empezó a designar a un religioso dominico para que administrara exclusivamente a los habitantes de la Ribera -que en su gran mayoría no eran indios-, además del que radicaba en Ixtacomitán y que atendía a los naturales de ese pueblo y de sus anexos (Viqueira Albán, 1997).

Precisamente es la zona de la Ribera de Ixtacomitán, con sus haciendas cacaoteras, que habían florecido durante la segunda mitad del siglo XVII, la única en el área de Chapultenango, zona en la que estaba inserta, que va a escapar a la recesión económica que se producirá en la región a principios del siglo XVIII. A pesar de ello, las dificultades fueron varias, entre ellas: la bajada del precio del cacao, que ya expusimos con anterioridad, y la escasez de mano de obra, a pesar de contar con un gran número de negros y mulatos. Esta última situación hizo que los dueños de las haciendas, mestizos en su gran mayoría, se vieran en la necesidad de atraer a los indios al área (Viqueira Albán, 1997:8C).

La situación del área no parecía tan buena a finales del siglo XVIII, en un informe generado en 1792 como respuesta a las pesquisas realizadas por los diputados del comercio de Guatemala sobre la producción de cacao en la intendencia, se informa que los únicos partidos en los que se producía el apreciado producto eran: Ixtacomitán, Soconusco, Moyos y Tila; sin embargo, la exposición de la situación que presentaban estas plantaciones no eran muy alagüeñas: "… los de Ystacomitan por haberse negado a fructificar de algunos años a esta parte a causa de un fuertíssimo viento sur que combate a las plantas: y los otros por falta de reales para su cultivo" (AHCH-UNICACH, fondo Manuel Orozco y Berra, T I doc. 11-1ff (ms), 1r) Pero no sólo era este, como se especifica en el mismo informe, el producto que se producía en la provincia, sino que a él debemos añadir: tinta de añil, pimienta, café, achiote, tabaco, caña dulce, bálsamo de María, liquidámbar3, vainilla, zarzaparrilla, caña fistola, palo santo, palo de Brasil, algodón, grana silvestre y otros muchos frutos.

Ahora bien, la situación miserable que expone el informe cuando se refiere a los partidos de la Intendencia de Ciudad Real se debe, según el intendente Agustín de las Quentas Zayas, a la prohibición que la Ordenanza de Intendentes marca con respecto a las habilitaciones y repartimientos que sí estaban permitidos con anterioridad a los alcaldes mayores.

Pese a la situación de empobrecimiento vivida en todos los partidos de la Intendencia, parece más que probable que las actividades económicas antes monopolizadas por los alcaldes mayores y un grupo de oligarcas locales siguieran ejerciéndose, mediante el control del comercio de contrabando, por los mismos actores. Es precisamente la redes relacionales construidas por los miembros de determinadas familias con los alcaldes mayores de las alcaldías mayores de Chiapas lo que permitió apuntalar la posición económica, social y política de la familia Esponda-Olaechea en esta región en particular, como veremos en el siguiente apartado.

Los Esponda- Olaechea y sus intereses en Ixtacomitán

Desde luego, el interés de nuestra investigación no es realizar una semblanza profunda de esta familia, perfectamente estudiada por Sergio Nicolás Gutiérrez Cruz, sino mostrar de una forma somera los datos que nos pueden ser de ayuda para nuestro estudio.

Los hermanos Francisco y Salvador Olaechea, de ascendencia Navarra, llegaron a América a principios del siglo XVIII. El primero fue nombrado gobernador del Soconusco el 17 de agosto de 1731 y todo parece indicar que el capital del que disponía a su llegada era más bien escaso, situación que continuó siendo parecida durante el uso de su cargo. Esta circunstancia seguramente provocó que Francisco tomara la decisión de abandonar la provincia y probar suerte en otras las provincias que formaban parte de la Audiencia de Guatemala (Gutiérrez Cruz, 2009: pp.43-45).

Sebastián, el otro hermano Olaechea, estuvo durante un corto periodo de tiempo en el Soconusco pero poco después decidió emprender el camino hacia el norte hasta establecerse en el partido de los zoques, región en la que se encuentra Ixtacomitán. Durante esta primera generación la familia accedió a determinadas posiciones mediante las alianzas matrimoniales, Sebastián Esponda contrajo matrimonio con la hija del capitán Martín de Michelena de origen navarro, la obtención de propiedades, ya que en 1751 ya aparece como propietario de haciendas, y el ejercicio de algunos cargos dentro del ayuntamiento de Ciudad Real, como alcalde nombrado (Gutiérrez Cruz, 2009, p.37). Esta designación estuvo marcada por el enfrentamiento con el alcalde mayor, Francisco de Elías y Zaldívar, quien se negó a reconocer los cargos elegidos para el ayuntamiento de Ciudad Real; en el fondo de la negativa se hallaba la lucha por el control del abasto de carne de la ciudad. Este suceso produjo que Sebastián no quisiera entrar en tratos comerciales con los alcaldes mayores. Esta perspectiva pronto fue abandonada puesto que en 1768, cuando era receptor de alcabalas y barlovento en el partido de Tuxtla, se recibió una cédula real en la que la provincia quedaba dividida en dos alcaldías mayores: Tuxtla y Ciudad Real. Este acontecimiento implicaba la intervención directa de una autoridad superior en sus intereses fincados en la región zoque; por ello, decidió establecer relación con el alcalde mayor nombrado para Tuxtla, Juan de Oliver, mediante el ofrecimiento en matrimonio de la única hija que le quedaba soltera, Josefa Antonia -matrimonio que no se produjo hasta 1778 cuando Juan de Oliver ya no era alcalde mayor (Gutiérrez Cruz, 2009: p.53).

A este hecho se unirá el casamiento de su otra hija, María Gertrudis, desposada con un sobrino venido desde España, Salvador Esponda, quien se convertiría en administrador de los bienes de su tío y suegro en Ixtacomitán. De esta forma se conformó una triada Sebastián Olaechea - Juan de Oliver - Salvador Esponda, que controlaron la zona que conformaría el partido de Ixtacomitán.

En la relación comercial establecida entre indígenas y españoles, estos vendían a aquellos artículos manufacturados o comestibles para recibir cacao o grana, que funcionaba de moneda, pero que los españoles convertían en mercancía para exportar. Las tiendas que Juan de Oliver tenía encargadas a Salvador Esponda en Ixtacomitán y Solosuchiapa controlaban el comercio de la zona. La mercancía proveniente de Ciudad Real y Tuxtla se guardaba en las tiendas y después vendida a los nativos. La mercancía...llegaba a manos de los alcaldes mayores quienes lo comercializaban hacia el virreinato novohispano o a España (Gutiérrez Cruz, 2009, pp.54-55).

El obispo Polanco en 1778 recomendaba a la Corona, dadas las circunstancias de explotación indígena, que se abolieran los repartimientos y se regresara a una sola alcaldía mayor para toda la provincia, pero su petición fue desatendida.

Gracias a Juan de Oliver, primer alcalde mayor de Tuxtla, Olaechea consiguió consolidar su posición en la zona. De esta forma logró que su sobrino, Salvador Esponda, consiguiera el título de sargento mayor de las milicias de Ixtacomitán en 1770. Lo que se pretendía era que Esponda eliminara el consumo de aguardiente en la región pero, curiosamente, lo que hizo fue crear una red de contrabando en confabulación con Juan de Oliver (Gutiérrez Cruz, 2009: p.55).

Posteriormente Sebastián Esponda renovó su sociedad con el siguiente alcalde mayor, Luis de Engrava y Ovalle. En este acuerdo, Engrava era reconocido por Olaechea como alcalde mayor y gobernante militar, y por el otro, Olaechea recibía la capacidad de nombrar un teniente para el partido de Ixtacomitán, el cual le rendiría cuenta de lo relativo al comercio del cacao. La posición de Olaechea buscaba más provechos pues podría disponer de diez mil pesos en repartimientos de los demás pueblos de la alcaldía mayor y que hacían referencia a "algodones, para hilados y mantas, naguas, petates, grana, pataste, sombreros y machetes" pero además podía colocar un administrador de justicia en Tecpatán, Jiquipilas y, si hubiese necesidad, en Jitotol. Las ganancias serían repartidas entre él y el alcalde mayor. Este pacto abarcaba cinco años pero si Olaechea fallecía el pacto se mantendría con sus herederos. Irónicamente Sebastián Olaechea murió seis días después de firmado el pacto y la sociedad quedó en mano de sus yernos, Juan de Olivier y Salvador Esponda.

Como vemos, en la segunda generación se produce un avance en la conquista de intereses políticos y económicos de la familia. Los hijos varones -fray Manuel, Esteban Vital y Basilio Antonio (gobernador interino del Soconusco y alcalde Mayor de la Verapaz)- detentan cargos dentro de la Iglesia y el Ejército, mientras que las hijas contraen nupcias con individuos que les proporcionan un afianzamiento de la fortuna familiar -María Gertrudis se casa con Salvador Esponda, y Josefa Antonia con Juan de Oliver, primer alcalde de Tuxtla. En esta generación se observa un incremento en la adquisición de propiedades.

En la tercera generación se dará un paso más en el ascenso. Por un lado, se destaca Manuel Esponda y Olaechea, hijo de María Gertrudis y Juan de Oliver, quien fungió como subdelegado en el partido de Tonalá a principios del siglo XIX. Aunque su desempeño no fue muy destacado sí podemos apuntar que fue acusado del delito de cobardía, hecho que nunca logró probarse, pese a su intención de retirarse con honores con el grado de teniente coronel no le fue otorgado (Gutiérrez Cruz, 2009, p.63). Sebastián Esponda y Olaechea se convertirá en abogado, uno de los pocos en la provincia, y será electo Diputado a Cortes; sin embargo, su carrera se vio truncada por su fallecimiento en el viaje hacia Cádiz. Uno de los hechos más relevantes fue la lucha que mantuvo con el asesor letrado, Mariano Valero, desde 1805 hasta 1811 -por muerte del primero, ya que el conflicto se alargó hasta 1817. Será Mariano Valero otro de los protagonistas del juicio entablado contra José Joaquín de Arriola.

Como podemos observar la familia se sirvió de varias estrategias para conseguir su ascenso socio-político: los matrimonios, la incursión en la vida eclesiástica y militar, la detentación de cargos relacionados con la fiscalidad, la incursión en cargos políticos, la inclusión en diferentes redes y la educación (Gutiérrez Cruz, 2009, pp.81-86). Evidentemente, todas estas tácticas les permitieron alcanzar una sólida posición económica y un control sobre varios partidos; entre ellos, el de Ixtacomitán.

Oligarquías locales en la Intendencia de Ciudad Real

La intendencia de Ciudad Real se creó en 1786. Tras la ordenación formal se esperaba que provincias, como la de Chiapa, Tuxtla y el Soconusco, jugaran un papel fundamental -un poder subordinado- para la revitalización económica y política de la corona española. Pero el establecimiento de la intendencia en Chiapas había tenido como antecedente la creación de la Alcaldía Mayor de Tuxtla en el año de 1768, quedando el territorio conformado por dos alcaldías mayores: la de Tuxtla y Ciudad Real. Dicha separación, según palabras de Michael A. Polushin, tuvo que ver con la idea de facilitar y racionalizar los impuestos, sobretodo del cacao. Todos los tributos fueron colectados en las comunidades rurales, enviadas a Tuxtla y Ciudad Real donde el alcalde mayor liquidaba las cuentas, separaba su sueldo de 1000 pesos y enviaba el sobrante a Guatemala (Polushin, 1999, p.53).

Por otro lado, es importante señalar que el ayuntamiento de Ciudad Real fue una institución con una vida intermitente. Éste se disolvió en 1751, por un problema suscitado entre sus miembros y el alcalde mayor al intentar definir quién debía controlar el abasto de carne de la ciudad; como se haría evidente, la Corona se puso del lado del alcalde mayor disolviendo el ayuntamiento. Como especifica Michael Polushin, a partir de ese momento los alcaldes mayores alcanzaron un poder sin precedentes y los miembros de la élite local, que hasta entonces habían gozado de ese privilegio, mediante la detentación de cargos en el ayuntamiento, tuvieron que conformase con hacerlo a través del nombramiento que el alcalde mayor hacía de ellos como tenientes, claro está con el subsiguiente resultado de entablar relaciones de codependencia y clientelismo (Polushin, 1999, p.137). Sin embargo, la forma de ejercer el monopolio económico, por los alcaldes mayores, trajo como consecuencia el que en varias ocasiones se intentara el restablecimiento del ayuntamiento. Lo cual no se consiguió hasta 1782, gracias a la intervención del obispo Francisco Polo que había llegado a Chiapas en 1770. Es decir, cuando se aplicó la Ordenanza de Intendentes, creándose la consabida Intendencia de Ciudad Real en 1786, el ayuntamiento hacía poco tiempo que había sido restablecido.

La restitución del ayuntamiento fue un procedimiento que dilató tres años. En un principio se solicitó al obispo que realizara una lista de cincuenta vecinos dignos de la ciudad, mientras que desde la Audiencia de Guatemala se determinaba el valor de los cargos. Debemos recordar que en la época de los Habsburgo y hasta la implantación de las intendencias, varios cargos del ayuntamiento eran venales, siendo el más "codiciado" el de regidor. Aun teniendo en cuenta esta circunstancia, no fue fácil encontrar vecinos dispuestos a completar los oficios del ayuntamiento. Para 1782, se habían rematado dichos cargos pero el alcalde mayor, Ignacio Coronado, que no debía ver con buenos ojos la intromisión del ayuntamiento en su jurisdicción, aplicó el ritual burocrático y se tuvo que esperar al primero de enero de 1783 para realizar la elección de alcaldes ordinarios y otros cargos no vendibles.

Uno de los principales motivos para la implantación del régimen de intendencias en las colonias fue el saneamiento de la Hacienda pública, para asegurar los ingresos y mejorar su administración. De esta forma se desplazaba el sistema administrativo ejercido por alcaldes mayores y corregidores, a cuya cabeza se encontraban funcionarios sin sueldo. Con las intendencias se propusieron cargos detentados por funcionarios con sueldo para evitar que se dedicaran a ninguna otra actividad que no fuera la administración de efectos públicos (Lira González, 1998, p.31). Ahora bien, si lo que pretendían los Borbones era una descentralización administrativa para excluir a los grupos locales del poder por funcionarios fieles a la Corona (Carmagnani, 1994, p.51), en el caso concreto de Chiapas ocurrió precisamente lo contrario, puesto que las medidas adoptadas favorecieron justamente a estos grupos.

La élite emparentada con los primeros pobladores y conquistadores del territorio fue perdiendo fuerza en los diferentes enfrentamientos entre estos y los alcaldes mayores de la provincia; es más, pareciera que la élite "primigenia" fue perdiendo poder a la par que el ayuntamiento de Ciudad Real aparecía y desaparecía intermitentemente de escena. Cuando vuelve a surgir el ayuntamiento, en 1782, las personas que detentan los cargos pertenecen a una nueva élite, con determinadas características: descendientes de "cabezas de familia" llegados a Chiapas de la Península en la primera mitad del siglo XVIII y pertenecientes a un grupo de comerciantes/hacendados. Como indica Jerónimo Romero, para el caso de Sonora y que pensamos puede ser aplicado a la provincia chiapaneca:

...estos señores encontraron la oportunidad de constituirse en los dueños del poder económico, militar y por lo mismo de prestigio social, esencial en una sociedad tan estratificada como la novohispana, lo que les permitió establecer mecanismos adecuados para propiciar la formación de una clase política propia (Jerónimo Romero, 1998, p.24).

De manera que cuando se reconstituye el ayuntamiento en 1783 tres van a ser las familias que acaparen los cargos: Robles, Gutiérrez y Coello, a los que se irán uniendo poco a poco los Esponda-Olaechea y Farrera, que nada tenían que ver con las familias poderosas "tradicionales" de Ciudad Real y que más bien habían forjado sus fortunas amparados por los alcaldes mayores de Tuxtla.

José Joaquín de Arriola: el subdelegado incómodo

José Joaquín de Arriola fue nombrado teniente comisario del partido de Ixtacomitán el 31 de mayo de 1801(AGCA, Leg. 50, exp. 571)4, dependiente del subdelegado de Tuxtla. Su antecesor, Juan Domingo Patoni, había sido teniente de Ixtacomitán al menos desde 1792 y sería nombrado subdelegado interino del partido en 1803, fecha en la cual nuestro protagonista fue puesto en arresto domiciliario. Hacemos esta aclaración porque evidentemente Patoni era un sujeto de confianza de la familia Esponda Olaechea, no en vano había ayudado a María Gertrudis a nombrar representante legal cuando la ocasión lo requirió y, desde luego, había hecho ojos ciegos ante los negocios fraudulentos de la familia en la zona.

Será precisamente en 1801 cuando José Joaquín de Arriola, casi recién nombrado teniente del partido, comenzará a tener problemas con las autoridades de la intendencia: el cura de Ixtacomitán, José Manuel López, y con el subdelegado de Tuxtla, Sebastián Esponda y Olaechea. Una pregunta que nos plateamos, ¿quién apoyó a Arriola para su nombramiento? Pensamos que seguramente no fue Sebastián Esponda pero aún no contamos con información al respecto.

El pleito comenzó como una lucha de poder entre la autoridad eclesiástica, en este caso representada por el cura dominico, y la autoridad civil, por el teniente José Joaquín de Arriola. Debemos recordar que en la intendencia de Ciudad Real la jerarquía jurisdiccional y el alcance de los partidos fue una extensión de las parroquias existentes y que la figura del teniente derivó de la relación clientelar vertical de estos con los alcaldes mayores (Polushin, 1999, p.171). Ante los acontecimientos y la hostilidad del cura, José Joaquín en un arrebato temperamental envía su renuncia al subdelegado de Tuxtla, Sebastián Esponda Olaechea. Debemos recordar que, como señalamos con anterioridad, la familia había fincado su poder económico en la región de Ixtacomitán y la permanencia de un teniente foráneo, ajeno a sus intereses, no era del total agrado de ellos; es por ello que Sebastián Esponda pronto aceptó la renuncia del teniente y decidió reintegrar en su puesto a Juan Domingo Patoni, su antecesor, con el que la familia seguramente habían tenido una relación más fructífera. Esta decisión fue supervisada por Mariano Valero, asesor letrado del intendente Agustín de las Quentas Zayas, con el que Esponda tenía un pleito casado; puesto que en varias ocasiones el primero había visto cómo el segundo se entrometía en funciones que, según el letrado, eran de su incumbencia -había sido nombrado secretario del intendente, puesto inexistente, pero que le permitía tener conocimiento de todas las causas seguidas por el asesor letrado. Valero escribe un documento a Sebastián Esponda indicando que le extrañaba que hubiera admitido la renuncia que no le había sido cursada en papel sellado, lo cual iba en contra de la Real Hacienda, y no hubiera respetado las facultades que sólo tenía el intendente. Otro suceso se sumará al anterior, el teniente obliga a los indios de Ixtacomitán a firmar una carta solicitando la permanencia en el puesto del teniente Arriola; el encargado de hacer las averiguaciones fue Sebastián Esponda como subdelegado de Tuxtla, puesto que detentaba desde 1799 (AGCA, Leg. 45, exp. 528).

Posteriormente a este suceso, en 1802, Arriola solicita a Agustín de las Quentas Zayas, intendente de Ciudad Real en ese momento, que le incluya en la terna para ocupar el cargo de Subdelegado de Ixtacomitán, en esta petición resulta curioso que se incluyan recomendaciones muy positivas entre las que se encuentra la del cura con el que había tenido su primer desacuerdo en el partido. A pesar de los buenos informes, el intendente decide no incluirlo pero sorpresivamente sí se encontraba José Domingo Patoni en tercer lugar (AGCA, leg. 200, exp. 1509). Un hecho importante que seguramente determinó la decisión del intendente fue que ese mismo año Sebastián Esponda y Olaechea se encontraba despachando interinamente como asesor letrado en la Intendencia de Ciudad Real (AGCA, Leg, 213, exp.1575).

Finalmente, después de expresar su queja ante las autoridades de Guatemala, Arriola recibe la confirmación de su nombramiento como subdelegado del Partido de Ixtacomitán, en 1802 (AGCA, Leg. 213, exp. 1573). Definitivamente nada pudo hacer el asesor letrado interino, Sebastián Esponda, frente a una decisión que venía directamente desde Guatemala.

Ahora bien, debemos tener en cuenta que desde los primeros años del siglo XIX las subdelegaciones pasaron de ser las tres iniciales -en las provincias de Tuxtla, Chiapa y Soconusco- para convertirse en once. Este cambio, esta atomización del territorio venía dada por el esfuerzo de los Borbones por racionalizar la administración fiscal y la jurisdicción de las unidades territoriales, puesto que el problema en la intendencia de Ciudad Real se traducía en tenientes que ejercían su cargo en dos subdelegaciones diferentes -como fue el caso de Robles que lo era en pueblos de la subdelegación de Chiapa y de Tuxtla al mismo tiempo- y, lo que era aún más preocupante, el hecho de que las cuentas individuales de los tenientes eran agrupadas como parte de su deuda al tesoro real; de esta forma la liquidación de las cuentas reales de los respectivos subdelegados se volvían muy confusas. En efecto, como señala Polushin, en áreas como Ixtacomitán y el río Blanquillo, centros importantes de contrabando, los habitantes de la zona no habían prestado demasiada atención al pago de impuestos pertenecientes al tesoro real. Irónicamente Sebastián Esponda y Olaechea fue el responsable parcial de la creación de la subdelegación de Ixtacomitán y de la llegada del subdelegado incómodo José Joaquín de Arriola. Evidentemente los argumentos de Esponda giraron en torno a la distancia entre este partido y la capital de la subdelegación que él detentaba, haciendo casi imposible supervisar la administración fiscal y establecer el orden en la región. En el fondo del asunto estaba su interés por escalar puestos en la administración provincial, aspiraciones en las que los problemas surgidos entre él y su teniente Arriola podrían haber sido un serio obstáculo; un fallo en la liquidación de cuentas podría traerle nefastas consecuencias. De esta forma evadía la responsabilidad en la supervisión y la pasaba al nuevo subdelegado, que quedaba bajo la mira del Tesoro Real y el intendente (Polushin, 1999, pp.179-80).

Análisis del proceso

José Joaquín de Arriola había sido nombrado Comisario Subdelegado de Ixtacomitán en 1800 por el Intendente Agustín de las Quentas Zayas. El 22 de enero de 1802 el Intendente de Ciudad Real presentó la terna para la elección del subdelegado de Ixtacomitán, subdelegación recién fundada, en dicha terna no aparecía el nombre de Arriola. El comisario interpuso una queja ante la Audiencia de Guatemala, cuyo Presidente pidió una revisión, cuando llegó la orden de revisar el caso fungía como Intendente interino el Asesor Letrado, Mariano Valero, el cual informó que aunque había habido quejas estas no le constaban y consideraba que: "…debía informar con toda imparcialidad en obsequio del mejor servicio de Dios y del Rey que Arriola era el único y más a propósito de cuantos se habían presentado para dicha Subdelegación, por cuyo motivo había mandado la afianzase interinamente conforme a ordenanzas, de que se infiere que Arriola no dejó de estar haciendo de Juez en el Partido." (AGCA, Leg. 201, exp. 1519). Esta última circunstancia, según las autoridades, justificaba que Arriola hubiera creado enemistades con algunas personas. De esta forma la Corona aprobó el nombramiento hecho en Arriola el 18 de Marzo de 1803, sin desconocer las circunstancias antes referidas. Ese mismo año arribaba el nuevo Intendente a Ciudad Real, Manuel de Olazabal, cuando aún Arriola no había presentado sus fianzas.

Es a partir del nombramiento de Arriola como subdelegado cuando las causas contra él se van a acumular: se ocupó del repartimiento del comercio -totalmente vetada para los subdelegados-, agredió físicamente a personas del distrito, extorsionó a la población y llevó a cabo el comercio de contrabando (AGCA, Leg. 159, exp. 1148)… pero quizá su mayor delito fue perder el respeto al cura local y al intendente Agustín de las Quentas Zayas (AGCA, Leg. 203, exp. 1526). Desde luego el subdelegado no estuvo demasiado tiempo en el puesto ya que en 1803 Arriola se fuga de su arresto domiciliario tomando camino hacia Guatemala (AGCA, Leg. 200, exp. 1514).

Durante el viaje del nuevo Intendente hacía Ciudad Real, en septiembre de 1803, pasó por Ixtacomitán donde fue informado de las quejas contra el Subdelegado e inmediatamente solicitó a la Audiencia que se le fuera revocado el nombramiento. Esta acción provocó la ira de Arriola que pronto envió escritos de desacato hacia el Intendente, el cual le reprendió en diferentes ocasiones, finalizando con el arresto de Arriola sin pedir en ningún momento el dictamen de un letrado.

Arriola mandó un representante a la Audiencia de Guatemala, quien: " ...se introdujo ocultamente por una ventana del Palacio" (AGCA, Leg. 201, exp. 1519, f. 9). En el documento presentado Arriola se quejaba de la dureza de su arresto y la falta de aplicación de las formalidades del derecho, por lo que el Presidente decidió dar curso judicial al informe, con vista del fiscal y dictamen del Asesor Ordinario. En esta ocasión se consideró que el Intendente estaba actuando por odio personal. El resultado fue la excarcelación de Arriola y su permutación por arresto domiciliario. Este cambio permitió al subdelegado José Joaquín Arriola escapar hacia Guatemala donde presentó la queja de los agravios que contra él se habían perpetrado.

Este proceso llegó a las más altas instancias puesto que el rey mediante cédula real dictada en 1804 solicita la investigación a profundidad del caso. Una vez consideradas todas las causas y tras varios interrogatorios, se llegó a la conclusión de que no tenían base legal y más parecía que estas habían sido magnificadas por el Intendente y su secretario, Sebastián Esponda. La resolución final fue el pago de las costas criminales, 2188 pesos y tres cuartillos, por los fiadores del Intendente Olazabal, que para entonces ya había fallecido, y el fin de los beneficios que Esponda tenía como secretario, cargo que en ese momento ya no detentaba -recordemos que Esponda tomó sus decisiones más duras no actuando como secretario sino como subdelgado y posteriormente como Promotor Fiscal de la Real Hacienda- El Fiscal concluyó que: "…(los autos) contienen más papel que substancia, y manifiestan más calor y empeño en su seguimiento que zelo por la administración de justicia." (AGCA, Leg. 201, exp. 1519, f. 92) Es por ello que, desgranando cada una de ellas, el Fiscal no encontró argumentos para procesar a Arriola y en 1806 pide que este sea absuelto de todas las acusaciones que se le imputan.

Los documentos consultados corresponden a un proceso penal y como tal está compuesto por tres partes: el actor, el reo y el juez. Normalmente la persona que ponía en movimiento la acción penal era el juez quien solicitaba en un juicio el castigo del delincuente y la imposición de la pena correspondiente al delito. Recordemos que, como expresa Garriga: "…[la] justicia, [era] concebida como perpetua y constante voluntad de dar a cada uno lo que es suyo…poder que debía mantener los equilibrios sociales establecidos" (Garriga, 2009, pp.204-5).

En todo este proceso, presentado aquí de una forma resumida, el acusado Arriola interpuso una petición o recurso ante la regencia del tribunal de lo penal. La vía por la cual llevó a cabo esta actuación aparece en el documento algo confusa pero parece que una vez que Arriola se dirigió a Guatemala, después de su arresto domiciliario, consiguió interponer una queja a la Audiencia, un escrito en el que se quejaba del trato que el intendente de Ciudad Real le había dado durante su encarcelamiento.

A partir de ese momento la Audiencia toma la dirección del caso, teniendo un papel fundamental la figura del Regente del Tribunal del Crimen. En el Real Decreto del 11 de marzo de 1776 se establecieron importantes modificaciones en el sistema audiencial indiano; entre ellas un aumento salarial y de las plazas en la sala de lo civil y criminal, pero una de las innovaciones más importantes fue la introducción de la regencia en las audiencias indianas. Este cargo fue, en la mayoría de las ocasiones, desempeñado por el presidente de la Audiencia de manera que, como señalan algunos autores, pareciera que las funciones se superponían creando rivalidades permanentes entre los distintos niveles de la administración indiana, en lo que se conoce como el "sistema de contrapesos".

Es precisamente este caso un ejemplo claro de la forma en que el derecho, ejercido por el tribunal del crimen, se anteponía a la jurisdicción, representada por la figura del Intendente, cuya legitimación y fin último radicaba en el mantenimiento del orden constituido (Garriga, 2009, p.205). Así los magistrados se constituían como gestores de los asuntos públicos mediante un modelo judicial de gobierno que mediante los tribunales y sus agentes permiten el mantenimiento del orden.

Ahora bien, en este caso concreto se hizo patente que el Intendente Manuel de Olazabal, revestido de facultades de justicia y deber, había contravenido el prefecto fundamental que debía regir el actuar de los jueces: mantenerse totalmente ajenos a sus intereses privados. Al actuar como persona privada, guiada por sus afectos o desafectos, hubo de reparar el daño y la culpa mediante el pago de las costas del juicio por sus fiadores ya que, como señalamos con anterioridad, para 1806 el intendente había fallecido.

Conclusiones

Como todos sabemos, los subdelegados, a partir de la aplicación de la Real Orden de Intendentes de 1786, eran un eslabón importante entre el ciudadano común y los niveles superiores del aparato estatal. Éstos tenían amplios poderes ocupándose de las cuatro causas -justicia, guerra, policía y hacienda- en las regiones indígenas, mientras que en las regiones mixtas, donde coexistían españoles e indígenas, debían dejar las causas de justicia y policía en manos de los alcaldes ordinarios, ocupándose sólo de las de hacienda y guerra (Margadent, 1988, p.671). Pese a que la intención de los Borbones, al introducir estos cargos, era llegar a las capas más bajas de la sociedad y terminar con los fraudes cometidos por los alcaldes mayores, lo cierto es que pronto comenzaron los subdelegados en realizar los mismos abusos que se habían producido con anterioridad.

Ahora bien, estos subdelegados, como representantes del poder en los partidos, dependían de la colaboración de las autoridades comunitarias para aplicar la normativa del derecho indiano en la vida cotidiana (Hensel, 2010, pp.41-62). Sin embargo, también es cierto que no menos importante, al menos en la provincia de Chiapas, era que los representantes a nivel local contaran con el beneplácito de las élites locales, que no necesariamente habitaban el partido que ellos pretendían gobernar.

Muchos otros subdelegados cometieron abusos y se inmiscuyeron en los repartimientos y el contrabando. Sin embargo, José Joaquín de Arriola -forastero recién llegado que no había logrado crear lazos de cooperación con la cerrada élite local de Chiapas- tuvo la mala fortuna de llegar a un partido controlado por una de las personas más influyentes del momento, Sebastián Esponda y Olaechea.

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Documentos de archivo

Desengaño de los habitantes de Chiapa. Secretaría de Defensa Nacional-Centro Universitario de Información y Documentación, Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas (SEDENA-AHCH-UNICACH), f. 86/0052.

Cartas de cabildos seculares, Archivo General de Indias (AGI), Guatemala, 44, exp. 38, ff. 11v-14.

Informe del comisario de Ixtacomitán sobre el cultivo de cacao, Archivo Histórico del Estado de Chiapas (AHECH), Fondo Manuel Orozco y Berra (digitalización del fondo Dirección de Estudios Históricos, INAH), T I doc. 11-1ff (ms), abril 10 de 1792 (1r).

Información en que consta que no fue el vecindario de Ixtacomitán el que pidió que permaneciese el Teniente del partido Don José Joaquín de Arriola sino que este indujo a los vecinos a firmar las representaciones, AGCA, Legajo 50, exp. 571.

El procurador Roxas sobre que se apruebe el título librado a favor del licenciado Sebastián Esponda de subdelegado de Tuxtla, AGCA, Leg.45, exp. 528.

Nombramiento de Subdelegado de Ixtacomitán a José Joaquín de Arriola y la causa formada por el Sr. Intendente contra el mismo o la de que resultó prisión, AGCA, leg. 200, exp. 1509.

Representación de don José Joaquín de Arriola para que el señor gobernador intendente Don Agustín de las Quentas Zayas le tuviese presente en la Terna para la subdelegación de Ixtacomitán, AGCA, Leg, 213, exp.1575.

Oficio del Presidente sobre haber nombrado para subdelegado del partido de Ixtacomitán a Don José Joaquín de Arriola, AGCA, Leg. 213, exp. 1573.

Real cédula particular de 19 de noviembre de 1804 para que la Regencia se aboque al conocimiento de todas las causas pendientes contra el subdelegado de Ixtacomitán Don José Joaquin de Arriola, AGCA, Leg. 201, exp. 1519; f. 8

Sobre fraude de alcabalas y exceso de cargas de Cacao introducidas sin guia en Tuxtla, contra Don José Joaquín de Arriola, AGCA, Leg. 159, exp. 1148.

Testimonio de expediente instruido sobre desacatos repetidos por Don José Joaquín de Arriola ...contra la autoridad y decoro... AGCA, Leg. 203, exp. 1526.

Testimonio de expediente formado a consecuencia de la fuga que ejecutó Don José Joaquín de Arriola, AGCA, Leg. 200, exp. 1514.

Notas

1 Archivo Histórico de Chiapas- Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas. A partir de ahora AHCH-UNICACH.

2 Archivo General de Indias. A partir de ahora AGI

3 Es un árbol de la familia Altingiaceae, conocido también como árbol de ámbar cuya resina era utilizada para fines medicinales y para la elaboración de perfumes.

4 Archivo General de Centro América. A partir de ahora AGCA